Sanciones
Capítulo IV
Las sanciones son las siguientes:
- Al usuario que cambie la configuración de un equipo (por mal uso o por descuido explícito) o se encuentre consultando páginas en Internet de carácter pornográfico o violento, se le hará amonestación verbal y privada por el coordinador del Laboratorio de Informática y se anotarán sus datos en la lista de “llamadas de atención”.
En caso de estar ingiriendo algún alimento o bebida, hacer uso de una cuenta de usuario que no le pertenece, o se encuentre practicando juegos que no sean parte de una actividad académica o de investigación, o presente comportamientos inadecuados, tales como riñas, gritos, o demostraciones afectivas que puedan incomodar a los miembros de la comunidad educativa.
- al usuario se le llamará la atención verbalmente. Si reincide, será retirado del Laboratorio y se anotarán sus datos en la lista de “Llamados de Atención”.
- Si reincide tres veces en faltas estipuladas en el numeral 1 y 2 de este mismo artículo, se le hará amonestación por escrito y se revisará en conjunto con el Decano para determinar la duración de suspensión del servicio y de ser el caso escalar el caso según la reglamentación vigente.
- Al usuario que dañe cualquier equipo del Laboratorio de Informática, por mal uso o por descuido, deberá responder por los daños causados según la reglamentación de la Escuela y se le aplicará las demás sanciones disciplinarias contempladas en el reglamento estudiantil.
- La agresión verbal o física cometida en contra del personal del Laboratorio de Informática se manejará de acuerdo al tipo de usuario y la reglamentación respectiva.
- En caso de incumplimiento de Reglamentos de la Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito, se procederá a informar sobre la situación según el procedimiento respectivo.